Libérese de sus deudas cuando no pueda pagarlas y empiece de cero, existen soluciones jurídicas si se encuentra en esta situación. Infórmese sobre Acuerdo Extrajudicial de Pagos y el Concurso Consecutivo de acreedores persona física.
Las reformas legislativas introducidas en la Ley Concursal con motivo de la crisis económica permiten acudir a procedimientos legales que con el cumplimiento de determinadas condiciones le facultan para imponer a sus acreedores un plan de pago de sus deudas que sea asumible atendiendo a los recursos económicos de los que dispone, y salvaguardar de esta manera su patrimonio (acuerdo extrajudicial de pagos) , o en el caso de que dicho acuerdo no sea factible, verse liberado de las deudas que no pueda pagar y empezar de cero (concurso consecutivo de acreedores con exoneración del pasivo insatisfecho). Una segunda oportunidad es posible. Infórmese exponiendo su caso a través de nuestro correo o bien pida consulta.
En el correo deberá indicar su estado civil, ingresos mensuales con los que cuenta, así como los gastos mensuales que debe soportar, y una descripción lo más detallada posible de sus deudas, indicando el tipo de acreedor, (si es privado, o la Hacienda Pública o la Seguridad Social), así como una relación y valoración aproximada de los bienes que componen su patrimonio.